🔥 Golpe judicial: Tribunal Constitucional anula investigación por lavado y organización criminal a Keiko Fujimori

El TC declaró fundada la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa de la lideresa de Fuerza Popular y dejó sin efecto todo el proceso judicial.

El Tribunal Constitucional (TC) declaró fundada la demanda de hábeas corpus presentada por la abogada Giulliana Loza en favor de Keiko Sofía Fujimori Higuchi, anulando las resoluciones emitidas por el Poder Judicial y dejando sin efecto todo el proceso seguido en el caso “Cócteles”, vinculado al presunto financiamiento irregular de las campañas presidenciales de Fuerza Popular en 2011 y 2016.


📄 Sentencia del TC

A través de la sentencia N.° 02109-2024-PHC/TC, el Tribunal Constitucional resolvió anular las decisiones judiciales que rechazaban las excepciones de naturaleza de acción por los delitos de lavado de activos y organización criminal, emitidas en 2022 por el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional.

Asimismo, dispuso dejar sin efecto todos los actos procesales desde el inicio de las investigaciones preliminares en la Carpeta Fiscal N.° 55-2017 (y sus acumuladas), incluyendo la acusación fiscal formulada el 2 de julio de 2025.

El TC ordenó al Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional revisar la situación jurídica de Fujimori dentro del más breve plazo, conforme a los criterios establecidos en la resolución.


⚖️ Argumentos constitucionales

El máximo intérprete de la Constitución sostuvo que el delito de lavado de activos en la modalidad de “receptación patrimonial” fue incorporado recién en noviembre de 2016, mediante el Decreto Legislativo 1249, por lo que no puede aplicarse retroactivamente a hechos ocurridos antes de esa fecha.

“Imputar a Fujimori bajo esa figura jurídica, inexistente en ese momento, vulnera el principio constitucional de legalidad penal, que exige que todo delito esté previamente tipificado por ley”, señala la sentencia.

Además, el TC indicó que no se ha identificado un delito fuente claro ni se probó que los fondos retornaran a su origen ilícito, debilitando la hipótesis del Ministerio Público sobre lavado de activos.

Respecto al delito de organización criminal, el Tribunal consideró que se “desnaturalizó el tipo penal”, ya que la participación en una agrupación política no constituye por sí misma una conducta delictiva, y no se acreditó dolo o intención criminal.


🧾 Reacciones

La abogada Giulliana Loza celebró la decisión en su cuenta de X (antes Twitter):

“El Tribunal Constitucional ha declarado fundado nuestro hábeas corpus en favor de Keiko Fujimori. Se reconoció que fue investigada por hechos que no eran delito, vulnerando el principio de legalidad. La justicia constitucional nos dio la razón”.

Por su parte, el constitucionalista Aníbal Quiroga señaló que el fallo del TC “patentiza la absoluta ineficiencia y politización del Ministerio Público”.

“El llamado caso Cócteles se caía de maduro. Se utilizaron mecanismos penales respecto de hechos que claramente no eran delito, afectando la vida política del país”, declaró.


📌 Contexto del caso

El Ministerio Público había solicitado 30 años y 10 meses de prisión contra Keiko Fujimori por los presuntos delitos de organización criminal, lavado de activos, obstrucción a la justicia y falsa declaración. Según la hipótesis fiscal, las denominadas “cenas de recaudación” habrían servido como fachada para ingresar aportes irregulares de Odebrecht y otras empresas constructoras brasileñas.

Con la decisión del Tribunal Constitucional, el caso queda anulado en su totalidad, marcando un giro significativo en uno de los procesos judiciales más emblemáticos de los últimos años.

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